¿Cómo es el sistema de reclamos y consultas?
Evento 198

Los contribuyentes deberán canalizar los reclamos ante el Comité de Administración SIRTAC creado por el artículo 4° de la RG CA 2/2019, acompañando la documentación que justifique su reclamo.

Los contribuyentes podrán consultar sus dudas sobre el uso del sistema a través del correo electrónico sirtac@comisionarbitral.gob.ar

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